Los procesos por crímenes cometidos en dictadura siguen activos, a pesar de la pandemia y de la rebelión social. Este miércoles quedó más claro que nunca que el ex alcalde de la comuna de Providencia, ex coronel del Ejército, Cristián Labbé, deberá cumplir tres años de cárcel efectiva por torturas contra el entonces joven estudiante Harry Cohen en 1973 cuando el ex edil era agente de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), entidad siniestra y criminal creada por el dictador Augusto Pinochet tras asumir el poder por un golpe militar. Sus posibilidades de evitar la pena de cárcel, que seguramente cumplirá en el penal especial de Punta Peuco, cerca de Santiago, son escasas, aunque frente a la resolución de este miércoles de la Corte de Apelaciones de Temuco deberá pronunciarse aún la Corte Suprema.
El tribunal de alzada confirmó la condena contra Labbé por delitos contra Cohen ocurridos en Panguipulli, región de los Ríos, tras la detención de la víctima por una patrulla que realizaba la denominada «Operación Peineta», cuyo objetivo era la captura de opositores a la dictadura que se estaban escondiendo en la zona cordillerana entre Concepción y Valdivia. Labbé lideró las sesiones de tortura, aplicando descarga de electricidad, entre otras.
La sentencia, firmada por el juez Álvaro Mesa, no concede ningún beneficio alternativo al cumplimiento de la pena, a la que sólo se le descontarán los días que el condenado permaneció en prisión preventiva por este caso, entre el 18 de abril y el 15 de mayo de 2017, y en arresto domiciliario total, desde esa fecha y hasta el 6 de junio de 2017, momento en el quedó en libertad bajo fianza.
El caso Soria también reactualizado
El 9 de abril, el ministro de fuero de la Corte de Apelaciones, Leopoldo Llanos dictó sentencia definitiva de primera instancia y absolvió a seis exagentes de la DINA, acusados como autores y cómplices de los delitos de secuestro calificado y homicidio calificado ocurridos durante la dictadura en 1976.
Entre los absueltos, se encuentra Pedro Espinoza Bravo, ex brigadier de Ejército y ex subdirector de la DINA, quien fue condenado por el asesinato del ex canciller Orlando Letelier, el ex comandante en jefe del Ejército, general Carlos Prats y el diplomático chileno español Carmelo Soria, funcionario de la Comisión Económica para Amérita Latina (Cepal) que fue asesinado en julio de 1976.
La hija de Carmelo Soria, el ciudadano chileno español y funcionario de la Comisión Económica para Amérita Latina (Cepal) que fue asesinado en julio de 1976, cuestionó duramente la sentencia de la Corte Suprema contra los ex agentes de la DINA que participaron en el homicidio calificado de su padre.
Después de casi 43 años, el ministro de la Corte Suprema, Lamberto Cisternas, condenó a Pedro Espinoza Bravo, Raúl Iturriaga Neumann, Jaime Lepe Orellana y Juan Morales Salgado a seis años de presidio, en calidad de coautores del delito de homicidio calificado de Soria Espinoza.
El fallo absolvió a René Quilhot Palma y Pablo Belmar Labbé por falta de participación en el delito, y en el caso de Guillermo Salinas Torres acogió la excepción de la cosa juzgada.
Sin embargo, la resolución de la justicia generó molestia en Carmen Soria: “A mí me parece que es reírse de uno en la cara, es una vergüenza, el Poder Judicial es un asco”, sentenció.
“Las condenas que dan son una vergüenza tanto en derecho como en ética y moral, y si se compara con otra y a quienes absuelven, lo mismo. A 43 años del asesinato, a 42 años del juicio, recién vengan a dar este fallo que, además, es una vergüenza que no tiene nombre”, argumentó la hija de Soria.
Otros ex oficiales fueron condenados por falsificación de instrumento público y declaraciones falsas.
En la práctica, este dictamen de la Corte absuelve a seis exagentes de la DINA y reduce condena a otros 11 acusados de secuestro y homicidio en 1976
Ley de indulto conmutativo por el coronavirus pero no para militares asesinos
La historia de la dictadura se reactualizó también este jueves cuando el Presidente Sebastián Piñera promulgó la ley que concede un indulto conmutativo a reos de baja peligrosidad, quienes están entre los grupos de la pandemia de coronavirus, cuya tramitación sufrió algunos retrasos, luego de que parlamentarios de Chile Vamos recurrieran al Tribunal Constitucional para impugnar la medida por no incluir delitos de lesa humanidad., lo que finalmente fue rechazado.
«El peligro de contagio por coronavirus se multiplica cuando las personas más vulnerables se encuentran privadas de libertad dentro de recintos penitenciarios, porque las condiciones de estos recintos muchas veces dificultan o hacen imposibles medidas sanitarias», recalcó el Presidente en un discurso pronunciado en La Moneda al promulgar la nueva Ley.
La nueva ley beneficiará a 1.700 personas privadas de libertad. El Mandatario recalcó que esta medida «no significa en ningún caso impunidad para quienes fueron condenados y están privados de libertad, puesto que no extingue la responsabilidad penal ni elimina la condena como antecedente penal a las personas favorecidas. Lo que si hace la ley, es modificar la forma en que se ejecuta la pena, conmutando o sustituyendo la reclusión (…) por la reclusión total en los domicilios de las personas beneficiadas». Con ello, Piñera precisó que esta ley excluye «a quienes han sido condenados por delitos de extrema gravedad» como los casos de la violación de los derechos humanos por parte de militares y civiles durante la dictadura de Pinochet que están en Punta Peuco.
No entraron en esta lista de los 1.700 quienes atentaron contra la vida, la integridad física y psíquica, la libertad personal, la libertad y la propiedad y los condenados por delitos de violencia intrafamiliar. Tampoco se beneficia a los condenados por secuestro para obtener un rescate, sustracción de menores, tortura, asociación ilícita, violación, abuso sexual agravado, cualquier delito sexual contra menores, parricidio, femicidio, homicidio, infanticidio, tráfico ilícito de migrantes, trata de personas, robo calificado, delitos terroristas, delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra y delitos de la ley de control de armas. Así se beneficiará a los mayores de 75 años, quienes son parte del grupo más vulnerable frente al coronavirus.
Asimismo, se incluyen en la ley a las mujeres entre 55 y 75 años de edad y los hombres entre 60 y 75 años, que hayan cumplido la mitad de la condena y que les resten 36 meses o menos de prisión. Además entran en estos grupos, a las mujeres embarazadas y las madres de un hijo o hija menor de 2 años, residentes del recinto penal y que hayan cumplido un tercio de la pena y tengan un saldo igual o inferior a 3 años de condena. A estos se suman, las personas que estén cumpliendo reclusión nocturna, siempre que hayan cumplido un tercio de la pena y les resten 36 meses o menos de condena y los reclusos con permiso de salida de los recintos penitenciarios, siempre que hayan cumplido la mitad de la pena y les resten 3 años o menos de condena.
El Presidente enfatizó que «las personas indultadas que violen la reclusión domiciliaria deberán cumplir en la cárcel lo que les reste de la pena original. Y si una persona indultada comete otro delito, deberá cumplir en la cárcel lo que reste de la pena que tenía originalmente, sino también el resto de la pena que le corresponda por el nuevo delito».
Piñera en el 2010
Ese año, tras la petición de las iglesia Católica y Evangélica, Sebastián Piñera decidió no indultar a condenados por delitos de lesa humanidad. Luego en 2013 cerró el Penal Cordillera y habló de «cómplices pasivos». Hoy, a raíz del proyecto de indulto conmutativo, volvió a surgir la posibilidad de indultar a reos por violaciones a los DD.HH, pero el Tribunal Constitucional (TC) lo rechazó.
El tema había vuelto a La Moneda hace algunas semanas. El Mandatario tuvo en su escritorio 14 carpetas, de ellas al menos seis correspondían a personas que cumplen condena en el centro penitenciario Punta Peuco y Colina 1 por delitos relacionados con violaciones a los Derechos Humanos. Son esos casos los que más complicaron a Piñera tras recibir muchas presiones desde sus aliados UDI y Renovación Nacional, especialmente después de presentarse el brote de coronavirus.