El expresidente de Cataluña Carles Puigdemont, prófugo de la justicia española desde el 30 de octubre de 2017,  día en que huyó de España tras intentar forzar la independencia de Cataluña con un plebiscito ilegal organizado por él y su grupo de partidarios, todos independencistas, debe ahora  buscar con mucho ingenio la forma de permanecer en Europa escondido en algún país de la UE para evitar ser extradito a España.

El juez de la Sala Penal del Supremo Pablo Llarena, instructor de la causa sobre el ‘procés’, espera al extraditado en su despacho judicial tras haber dictado una nueva órden de arresto a toda la Europa comunitaria (la tercera hasta ahora) contra el catalán Puigdemont. Igualmente se ha dado una orden paralela internacional de detención.

Llarena vuelve a intentar con este mecanismo la detención de Puigdemont y su entrega a España con el fin de que pueda ser juzgado por los hechos ya mencionados y que la Sala Penal del Supremo ha considerado constitutivos de delitos de sedición y malversación en la sentencia que condenó al exvicepresidente catalán, Oriol Junqueras, y tres exconsejeros del Gobierno que encabezó el prófugo.

Las condenas

La Sala Penal del Supremo no condenó a los 12 acusados de impulsar la independencia unilateral de Cataluña en el otoño de 2017 como autores de una rebelión, lo que se había pedido desde la Fiscalía, sino cuatro de ellos fueron considerados responsables de delitos de sedición y malversación de fondos públicos, cinco de sedición y los tres restantes únicamente de desobediencia a los tribunales.

Oriol Junqueras deberá pasar 13 años en la cárcel por luchar por la independencia de Cataluña.

Ahora, el prófugo Puigdemont debe “correr y correr para no ser alcanzado”,  porque si esto ocurre la condena en su contra sería bastante mayor que la recibida por Junqueras. Este último fue considerado dirigente de la sedición por el Supremo, agravada por su condición de autoridad. La pena que deberá cumplir es de 13 años de cárcel, pero  está muy alejada de lo solicitado por los fiscales (25 años de prisión) pero es superior a la que pidió la Abogacía del Estado (12 años).

Los exconsejeros Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa fueron condenados a 12 años de prisión (la Abogacía del Estado pedía 11,5 años) por los mismos delitos que Junqueras: sedición y malversación.

Los también exconsejeros Joaquim Forn y Josep Rull fueron absueltos de malversación al no haberse probado el desvío de fondos de sus departamentos, Interior y Territorio y Sostenibilidad, para la celebración del referéndum ilegal del 1-O. Ambos, en cambio, fueron declarados dirigentes de la sedición y condenados a 10 años y medio de prisión.

Carme Forcadell, expresidenta del Parlamento catalán y cuyo papel fue clave para lograr la aprobación de una ‘legalidad paralela’ con la ley de transitoriedad jurídica  fundacional de la república catalana, fue condenada a 11 años y medio de cárcel. La Abogacía del Estado solicitaba para ella 18 meses de cárcel menos.

A Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, líderes de Asamblea Nacional Catalana (ANC) y de Ómnium Cultural, se les impuso 9 años de cárcel como dirigentes de la sedición. La representación del Gobierno pedía para ellos un año de prisión menos.

La pena de Sànchez y Cuixart es menor a la impuesta a sus compañeros de banquillo porque ellos no eran autoridades.

Los tres acusados que podrán celebrar el fallo judicial son los exconsejeros Meritxell Borrás, Carles Mundó y Santiago Vila. Se enfrentaban a una petición de siete años de cárcel por la Fiscalía y la Abogacía del Estado por delitos de malversación y desobediencia y han sido encontrados culpables solo del “segundo delito”.

Reacciones y disturbios

El polémico fallo no tardó en despertar reacciones en España y especialmente en diversos puntos de Cataluña, donde el descontento social quedó más que claro. Miles de manifestantes se concentraron en las calles para reclamar por una situación que califican «antidemocrática». Los estragos dejaron numerosos heridos, especialmente durante el colapso en el aeropuerto El Prat de Barcelona, donde unos 100 vuelos fueran cancelados por el desorden.

Finalmente, mientras los españoles se preparan para volver a las urnas el próximo 10 de noviembre, día en que se llevarán a cabo nuevamente las elecciones generales, los independentistas se alistan para marchar este viernes en una convocatoria a huelga general, donde la sentencia contra sus autoridades será principal motor de descontento en las calles.

La primera euroorden contra Puigdemont fue cursada el 3 de noviembre de 2017 por la entonces jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela, pero Llarena la retiró en diciembre, poco después de asumir la instrucción de la causa, por el temor de que Bélgica cercenara los cargos y no entregara al encausado por rebelión.

Eso fue precisamente lo que ocurrió con la segunda euroorden, emitida tras la detención de Carles Puigdemont en Alemania cuando regresaba en coche a Bélgica el 25 de marzo de 2018. La detención respondió a la segunda euroorden, emitida por Llarena el día 23 anterior.

A Bélgica le bastaron dos meses para que el Tribunal de Primera Instancia de lengua neerlandesa de Bruselas rechazara y declarara sin efecto esa euroorden.

Por su parte, el Tribunal Regional Superior de Schleswig-Holstein (Alemania) aceptó el 12 de julio de 2018 entregar a Puigdemont para que fuera juzgado por una presunta malversación de fondos públicos, pero no por rebelión o sedición.

En una resolución dictada el 19 de julio de 2018, Llarena se negó a aceptar la entrega por uno solo de los cargos -y no el más relevante- y destacó “la falta de compromiso” del tribunal alemán con unos hechos que habían quebrantado el orden constitucional español.

También criticó que los jueces alemanes hubieran anticipado un enjuiciamiento para el cual no tenían cobertura normativa, sin sujetarse ni a los preceptos de la Decisión Marco sobre la Orden de Detención Europea ni a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Tras el fiasco alemán, Llarena dejó sin efecto las órdenes europea e internacional de detención del expresidente catalán, que sigue residiendo en Bélgica aunque ha realizado desplazamientos a países como Suiza, Holanda y Reino Unido. No se ha atrevido a pisar Estrasburgo (Francia), donde el 2 de julio se constituyó el Parlamento Europeo para una nueva legislatura.

Puigdemont fue elegido eurodiputado, si bien no ha adquirido la condición parlamentaria al no haber venido a España a acatar la Constitución. Si lo hiciera, sería inmediatamente detenido, dado que Llarena siempre ha mantenido vigente la orden nacional de arresto.

La sentencia conocida este lunes, sin embargo, modifica la situación de Puigdemont en cuanto a sus derechos políticos. El magistrado del Supremo acordó el 10 de julio de 2018 su suspensión como miembro del Parlamento catalán en aplicación del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Este precepto establece la suspensión en el ejercicio de cargos públicos de aquellos procesados por rebelión contra quienes se haya acordado la prisión preventiva. En aquel momento era el caso de Puigdemont, pero el hecho de que la Sala Penal haya descartado la condena por rebelión hace decaer la suspensión impuesta al expresident para ejercer cargos públicos.

Llarena ha levantado, por tanto, la aplicación del artículo 384 bis, lo que significa que Puigdemont podrá volver a cobrar la asignación económica que le corresponda como miembro del Parlament.

No obstante, sigue vigente la orden de detención para el caso de que regrese a España con la pretensión de ejercer las funciones de diputado catalán o de tomar posesión como eurodiputado.