El juez Mario Carroza impuso al ex frentista  Mauricio Hernández Norambuena «Comandante Ramiro» dos penas de 15 años, pero le abonó los tres años que pasó preso en la década del 90′, antes de fugarse de la cárcel de alta seguridad de Santiago,  y rechazó la petición de la defensa de restarle 16 años más que cumplió en Brasil por otro delito completamente distinto a los cometidos en Chile. En este último caso se trató de una condena de la justicia brasileña contra Hernández Norambuena en 2003 por el secuestro del publicista Washington Olivetto.

Carroza determinó 15 años de presidio por el homicidio del senador Guzmán y otros 15 por el secuestro de Edwards del Río (hijo del entonces director del diario El Mercurio Agustín Edwards), dando cumplimiento así al acuerdo de extradición que obligaba a Chile a reducir las condenas antiguamente dictadas, descontando 1.244 días, entre el 5 de agosto de 1993 y el 30 de diciembre de 1996, que estuvo preso en Chile por esos delitos; y a otros 12 días correspondientes al período en que se tramitó su extradición, entre el 8 al 19 de agosto recién pasados, (es decir en total tres años y 4 meses).

De esta forma, se reemplazaron las dos condenas a presidio perpetuo que se dictaron en Chile, coincidiendo así con el máximo de 30 años que acordó el Ejecutivo con el Gobierno brasileño de 26 años y ocho meses: hasta el año 2046.

Al momento de la famosa «fuga del siglo», Hernández purgaba dos cadenas perpetuas: una en calidad de autor inductor del delito de atentado contra una autoridad política con resultado de muerte del senador UDI Jaime Guzmán (crimen ocurrido el 1 de abril de 1991), y otra como autor de los delitos de asociación ilícita terrorista, en calidad de jefe, y autor del delito de secuestro terrorista de Cristián Edwards (entre el 9 de septiembre de 1991 y el 1 de enero de 1992).

No obstante las gestiones recientes ante Brasil realizadas por  el gobierno  chileno obligaron a éste a garantizar, conforme a un tratado del Mercosur del año 2012, que -en caso de ejecutarse la extradición-, «Ramiro» no recibiría una pena superior a la dictada por el sistema legal brasileño, coincidiendo así con el máximo de 30 años, lo que lo mantendrá en prisión hasta el año 2046.

«Derivado de lo anterior, al concederle la República Federal de Brasil a Mauricio Hernández Norambuena su libertad anticipada y ponerlo a disposición del Estado de Chile el día 19 de agosto de 2019, dio cumplimiento así a la obligación internacional contraída con Chile, señala la sentencia del ministro Carroza.

«Este ministro instructor al resolverlo así, al estar comprometida la voluntad del Estado internacionalmente, ha estimado que para estos efectos, se encuentra amparado en la idea de la obligatoriedad del principio de convencionalidad», señaló Carroza.

El  hecho que el juez, actual ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago,  se encuentre actualmente en una quina de postulantes para ingresar como ministros a la Corte Suprema fue destacado por la defensa del frentista que mostró suspicacias ante la posibilidad de que el magistrado hubiera obrado de este modo para no enemistarse con el Poder Ejecutivo, que toma parte relevante en el nombramiento de los nuevos integrantes del máximo tribunal.

El abogado del ex frentista Alberto Espinoza declaró al término de la audiencia  que «obviamente, no compartimos los planteamientos que el ministro  sostiene en esta sentencia, los que definió como una decepción, de manera que haremos uso de los recursos legales para impugnar esta resolución porque, naturalmente, causa un agravio, un gravamen irreparable», dijo.

Además agregó en forma acusatoria que resulta sorprendente la correspondencia que tiene esta sentencia del ministro Carroza con lo que había planteado el ministro de Justicia, Hernán Larraín», quien habló, anticipándose a Carroza, de una condena de dos penas perpetuas.