El más Alto Tribunal de España resolvió este lunes que el Gobierno de Pedro Sánchez no podrá ordenar expresamente la exhumación de los restos mortales del dictador Francisco Franco sin dar a la familia una nueva oportunidad de recurso judicial.
En otras palabras la exhumación se podrá llevar a cabo ni ahora ni en enero como había planteado el Gobierno español, es decir bloqueó de manera cautelar la exhumación en el Valle de los Caídos.
Sin embargo, los magistrados establecen que la familia volverá a tener opción de recurrir antes de que se realice o se programe el traslado.
Así el presidente del gobierno español ha superado un nuevo obstáculo, pero aún está lejos de llegar a puerto “en la tortuosa travesía para sacar el cuerpo del dictador Franco del Valle de los Caídos, que culminaría con su traslado hasta una nueva ubicación aún por determinar, como señaló Público.es este lunes.
El Gobierno ya anunció que preveía trasladar el cuerpo del dictador a fines del próximo enero, lo que antes estuvo programado para el pasado verano europeo, lo que no pudo hacerse la presentación de amparo realizada por la familia ante el alto tribunal.
En una nota de prensa difundida a última hora de la mañana, la Sala del tribunal explicó la medida diciendo que el acuerdo del Ejecutivo de noviembre «no justifica por sí mismo la exhumación» de los restos de Franco, ni tampoco «produce una situación irreversible», como alegan los familiares.
Un escrito del abogado del Estado señala que la petición de los nietos del dictador se refiere de forma genérica a la ilegalidad de la exhumación, sin aterrizar ni concretar las causas”.
«Los únicos vicios concretos que se aducen carecen de todo fundamento, pues no se ha quebrado el principio de igualdad ni se ha producido indefensión de terceros», apunta el texto.
En el comunicado, el Alto Tribunal recuerda también que los Franco podrán volver a recurrir más adelante, cuando el Consejo de Ministros apruebe definitivamente el traslado de los restos del dictador.
De hecho, el Supremo establece que el Ejecutivo no podrá ordenar expresamente la exhumación sin dar una nueva oportunidad de recurso a la familia.