Tras una batalla legal de más de un año, el Tribunal Supremo de Estados Unidos concedió la victoria al presidente Donald Trump, este martes cuando respaldó su polémico veto migratorio, pese a las alegaciones de que apuntaba especialmente a países con mayoría musulmana.
El alto tribunal falló cinco votos a favor y cuatro en contra (la corte tiene mayoría conservadora de cinco magistrados) sobre la tercera prohibición de viaje promulgada por el mandatario desde que llegó a la Casa Blanca en enero de 2017, y que afecta a Libia, Irán, Somalia, Siria y Yemen e impone restricciones para los ciudadanos de Venezuela y Corea del Norte desde el pasado septiembre.
El presidente estadounidense consideró que la decisión era una “gran una victoria” para “el pueblo estadounidense y la Constitución”, y un revés a la “histeria” de los medios y la oposición demócrata, según un comunicado. En Twitter se limitó a dar la noticia, seguida de un “¡Wow!”.
El fallo pone fin a una dura batalla legal y convalida la última versión del decreto, que afecta el ingreso de ciudadanos de cinco países mayoritariamente musulmanes (Irán, Libia, Somalia, Siria y Yemen), así como de Corea del Norte, y también de algunos funcionarios específicos de Venezuela.
El presidente estadounidense tardó apenas minutos en volcarse a Twitter para celebrar la noticia. «La Corte Suprema apoya el veto migratorio de Trump. ¡Wow!», escribió, en mayúsculas.
La orden ejecutiva (decreto) de septiembre último impone prohibiciones parciales de entrada en Estados Unidos a personas de Irán, Libia, Siria, Yemen, Corea del Norte y Venezuela, alegando que los Gobiernos de esos países no cooperan de forma adecuada a la hora de compartir información con Estados Unidos.
El presidente del máximo tribunal, John Roberts, escribió la opinión mayoritaria, en la que se le unieron sus cuatro colegas conservadores. Expresó que un presidente tiene amplia autoridad en el tema de inmigración y rechazó el argumento de que el mandatario había evidenciado un prejuicio contra los musulmanes.
Sin embargo, se cuidó de no expresar apoyo a las provocadoras declaraciones de Trump sobre la inmigración en general o sobre los musulmanes en particular. «Nos abstendremos de pronunciar nuestra opinión sobre la justificación de esta política», escribió Roberts. La jueza Sonia Sotomayor, por su parte, redactó la opinión del disenso, en la que expresó que con base en la evidencia, «un observador razonable llegará a la conclusión que esta Proclamación se basó en un perjuicio contra los musulmanes». Los magistrados que llegaron a la conclusión contraria, dijo, lo hicieron «ignorando los hechos, tergiversando los precedentes legales y haciéndose la vista gorda al dolor y sufrimiento que esta Proclamación ha infligido a un sinnúmero de familias e individuos, muchos de los cuales son ciudadanos estadounidenses».
En las audiencias ante los jueces del máximo tribunal, los demandantes argumentaron que la orden de Trump era inconstitucional por discriminar basándose en la religión y la nacionalidad a países principalmente musulmanes.
Sin excepciones con Irán
Por otra parte, Estados Unidos reiteró hoy que sancionará a todas aquellas empresas que a partir del próximo 5 de noviembre que continúen haciendo negocios con Irán, sin hacer excepción alguna, y dijo estar trabajando para que esta medida no afecte a la producción petrolífera global.
«Seguiremos trabajando para asegurar que el suministro global no se vea afectado», declaró un alto funcionario de la Administración estadounidense durante una rueda de prensa telefónica celebrada hoy.
El funcionario comentó que en las últimas semanas ha estado reuniéndose con diversos representantes europeos para ultimar los detalles relativos a la aplicación de estas sanciones y anunció que en las próximas semanas hará lo propio con los principales socios estadounidenses en Asia.
El pasado 8 de mayo, tras abandonar el acuerdo nuclear con Irán, conocido como JCPOA por sus siglas en inglés, el Gobierno de Donald Trump anunció que volvería a imponer sanciones contra el país persa y contra cualquiera que estableciera relaciones comerciales con el mismo.
Washington se dio entonces un plazo de 180 días, que termina el 4 de noviembre, para reanudar las restricciones a la compra de petróleo y productos petroquímicos procedentes de Teherán, a las operaciones con puertos y empresas marítimas iraníes y a las transacciones de instituciones financieras con el Banco Central de Irán.
Según explicó el funcionario, todas las empresas deberían estar «ya» reduciendo sus relaciones con Teherán, ya que, según dijo, para eso se estableció un plazo, y recalcó que el Gobierno estadounidense no hará excepciones de ningún tipo.
«En general, las compañías están respetando (la orden de) no hacer negocios con Irán», dijo el representante del Gobierno, quien en todo caso restó importancia al efecto que esta medida pueda tener en el comercio internacional al considerar que Irán «no es un lugar donde es fácil hacer dinero» por tratarse de un país «demasiado arriesgado».